Política Anti-soborno

Introducción


El soborno y la corrupción pueden tomar la forma de cualquier cosa de valor, como dinero, bienes, servicios, propiedad, privilegio, puesto de trabajo o trato preferencial. Por lo tanto, el personal y los socios de negocio de IQSEC no deben, ya sea directa o indirectamente, ofrecer, dar, recibir o solicitar ningún artículo de valor, en el intento de influir ilícitamente en las decisiones o acciones de una persona en una posición de confianza dentro de una organización, ya sea para el beneficio de IQSEC y las personas involucradas en la transacción.



Aplicación


La Política se aplica igualmente a sus relaciones comerciales con entidades comerciales (sector privado) y gubernamentales (sector público), e incluye a sus directores, personal, agentes y otros representantes designados. Debe evitarse incluso la posible apariencia de soborno o corrupción, en particular cuando se trata de funcionarios gubernamentales.



Declaración de la Política


“En IQSEC S.A. de C.V.”, nos comprometemos a cumplir con los requisitos del cliente, socios de negocio y los establecidos en las leyes en materia de anti-soborno aplicables. Prohibimos cualquier acto de soborno o corrupción y nos apegamos a lo que se establece nuestro Sistema de Gestión Anti-Soborno (SGAS), promoviendo la presentación de planteamientos e inquietudes respecto a un acto de soborno o corrupción sin que los denunciantes sean objeto de represalias por hacerlo. También nos comprometemos a la mejora continua de nuestro SGAS y que cualquier caso de un acto de soborno comprobado o de incumplimiento de esta política, sea objeto de las consecuencias resultantes de su investigación.


IQSEC asegura que ningún colaborador sufra represalias, discriminación o medidas disciplinarias por informes hechos de buena fe o sospecha de violación a la política de anti-soborno, o por negarse a participar en el soborno, incluso si tal negativa puede dar lugar a la pérdida de negocios para la organización (excepto cuando el colaborador participó en la violación).


IQSEC también se compromete a realizar verificaciones de diligencia debida razonables sobre su posible personal, particularmente cuando se relaciona con el nombramiento para un puesto en el que se ha identificado un riesgo de corrupción o soborno más que menor.


La Director General mantiene un compromiso total con el Sistema de Gestión Anti-Soborno, demostrando su liderazgo en el diseño e implementación del SGAS y en la mejora continua de su eficiencia.



Disposiciones Fundamentales Anti-Soborno


Los colaboradores de IQSEC no pueden recibir, ofrecer, prometer pagar, pagar o autorizar Pagos Inapropiados a ninguna persona, incluidos Funcionarios de Gobierno, con la intención de obtener o retener negocios, asegurar una ventaja indebida o influenciar en las acciones o decisiones comerciales. No pueden solicitar, aceptar o acordar recibir algo de valor, si el artículo está destinado o parece estar destinado a obtener una ventaja comercial indebida.


Pagos de Facilitación y Extorsión: Pagos de Facilitación o "de engrase" son pagos realizados a Funcionarios de Gobierno para agilizar la ejecución de las acciones rutinarias y no discrecionales del gobierno, y a las cuales la compañía tiene derecho legalmente. IQSEC prohíbe estrictamente los pagos de facilitación. Los colaboradores que reciban una solicitud de un Funcionario Público para un pago de facilitación deben comunicarse inmediatamente con el Responsable de SGSA.


Regalos, Atenciones y Otros Gastos: El intercambio de regalos de negocios, comidas y atenciones es una parte aceptable y habitual en la ejecución de negocios y la construcción de relaciones. Los empleados tienen prohibido ofrecer regalos, comidas u otra atención comercial a cambio de cualquier beneficio inapropiado. IQSEC prohíbe a los colaboradores dar o recibir Regalos, que no sean objetos promocionales de valor nominal, por ninguna razón el colaborador podrá recibir algún regalo en efectivo.


Contribuciones Políticas: IQSEC adopta una postura políticamente neutral, no está directa o indirectamente afiliado a ningún partido, las contribuciones políticas pueden representar un riesgo de corrupción. Por esta razón, los colaboradores no pueden aportar fondos, tiempo o activos de la compañía a partidos políticos o candidatos para cargos políticos, por ello se prohíbe a los empleados realizar o aprobar contribuciones políticas en nombre de IQSEC o como representante de la misma, independientemente del nivel de autoridad, los colaboradores deben dejar en claro que cualquier actividad política refleja las creencias individuales de estos, y no las de IQSEC.


Donaciones caritativas: IQSEC se compromete a apoyar y mejorar de manera responsable las comunidades y los entornos en los que trabajamos, por ello las donaciones caritativas se encuentran permitidas, pero exclusivamente a organizaciones, no a individuos y siempre que no se perciban como sobornos para obtener ventajas comerciales.



Principios rectores


El eje central de esta política es el conjunto de principios rectores, donde se expresan los lineamientos que deben aplicarse en IQSEC y aquellas que desarrollen operaciones de manera directa o indirecta.


Estos principios presuponen la condición de integridad que como ciudadanos éticos tienen todos nuestros colaboradores. La aplicación de estos principios no será discrecional, así como tampoco admitirá interpretaciones que den o pretendan dar apariencia de legalidad a actos o situaciones sobre los que claramente existan dudas razonables sobre su pertinencia y legalidad.


Estos principios rectores son los siguientes:


  • Consistencia: Ningún colaborador, podrá de manera directa o indirecta participar, ocultar o patrocinar actos de corrupción o soborno, bien sea a entidades públicas o privadas tanto locales como extranjeras.

  • Compromiso con la prevención: El compromiso con la prevención de prácticas de anticorrupción y anti-soborno, implica un modelo dinámico de supervisión y seguimiento de los riesgos de corrupción y soborno; por lo cual se deberá evaluar los mapas de riesgos de los procesos y asegurar las medidas de administración y control.

  • Responsabilidad: Todo hecho reportado o detectado que tenga algún tipo de relación con prácticas corruptas o soborno, bien sea con entes públicos o privados, será investigado, documentado y analizado cuidadosamente por el responsable del SGAS. Aquellas situaciones que correspondan efectivamente a actos de corrupción o soborno serán sancionadas; independientemente de la característica o posición jerárquica de los responsables, guardando la proporcionalidad con los hechos y garantizando el debido proceso. La respuesta de la administración a este tipo de situaciones implicará las sanciones administrativas a que hubiere lugar y dará traslado a las autoridades competentes para aquellas de orden comercial, civil y penal, acompañando los respectivos procesos por parte de los responsables legales de las empresas.

  • Transparencia y legalidad: Todos los hechos o circunstancias que sean detectados y comprobados serán informados conforme los protocolos establecidos frente a los diferentes grupos de interés y siempre respetando los voceros oficiales de las empresas para estos asuntos, garantizando la trasparencia, la legalidad y el equilibrio informativo.



Si deseas realizar una denuncia anónima o consulta de un acto de soborno, haz clic en su respectivo enlace de descarga para llenar el formato correspondiente, una vez que lo hayas completado envíalo a la cuenta de correo denuncias.soborno@iqsec.com.mx




Formato de denuncia anónima por hechos de soborno

Formato de consulta para actos de soborno o corrupción